BOE, boletines autonómicos y forales, AEAT, Seguridad Social, INE y organismos públicos.
FUENTES · TRAZABILIDAD · AUDITORÍA
De dónde sale cada número.
La calculadora no parte de tablas opacas. Los cálculos se basan exclusivamente en legislación y publicaciones oficiales. Identificamos la norma aplicable, comprobamos su vigencia y contrastamos los parámetros antes de incorporarlos al motor.
Última revisión general: 1 de octubre de 2026.
Historia fiscal, motor histórico, motor actual y progresividad en frío se contrastan entre sí.
Los parámetros reconciliados se documentan en matrices de auditoría y tests de regresión.
CRITERIO DE PUBLICACIÓN
Una fuente no vale solo por estar enlazada
Para reconstruir la serie histórica hemos localizado la norma o publicación oficial aplicable a cada territorio y ejercicio, comprobando su fecha de efectos y su encaje con el resto del cálculo. La documentación primaria está identificada para toda la serie, con la única excepción de algunos ejercicios de Álava que se detallan más abajo.
La explicación de cómo se transforman estas fuentes en cálculo está en Metodología; el contexto histórico y las principales reformas pueden consultarse en Historia fiscal.
CÁLCULO ACTUAL · 2026
Fuentes para el cálculo del año actual · 2026
Para calcular 2026 aplicamos la normativa del IRPF que corresponde a cada territorio —estatal y autonómica en régimen común o normativa foral propia— junto con las fuentes comunes de Seguridad Social y demás parámetros laborales. Aquí mostramos las fuentes oficiales que intervienen en el cálculo actual. Para los años anteriores de la serie hemos seguido el mismo criterio, localizando la normativa oficial aplicable a cada ejercicio y territorio, sin reproducir aquí toda la reconstrucción documental año a año.
Estatal / común · 2026IRPF estatal · Seguridad Social · AT/EP · SMI 5 fuentes
Ley 35/2006 del IRPF
Qué aporta al cálculo: define las reglas generales del IRPF estatal que usamos en 2026: rendimientos del trabajo, gasto deducible, reducción por rendimientos del trabajo, mínimo personal y familiar, escala estatal y cálculo de la cuota.
Texto consolidado en BOE ↗Real Decreto-ley 5/2026
Qué aporta al cálculo: incorpora la deducción estatal por obtención de rendimientos del trabajo aplicable en 2026, con sus cuantías y límites de renta.
Consultar en BOE ↗Orden PJC/297/2026
Qué aporta al cálculo: fija las bases y tipos de cotización de 2026 y las reglas aplicables a contingencias comunes, desempleo, FOGASA, formación profesional, MEI y cotización adicional de solidaridad.
Consultar en BOE ↗Real Decreto-ley 3/2026
Qué aporta al cálculo: establece la tarifa de primas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales vigente desde 2026. La calculadora la utiliza para determinar la cotización empresarial AT/EP según la actividad económica u ocupación seleccionada.
Consultar en BOE ↗Real Decreto 126/2026
Qué aporta al cálculo: fija el SMI de 2026, utilizado por la calculadora cuando una regla o límite depende de esta referencia y como umbral mínimo salarial del simulador.
Consultar en BOE ↗Andalucía · 2026Escala autonómica · mínimo personal autonómico 2 fuentes
Estas son las fuentes territoriales que respaldan los parámetros específicos de Andalucía utilizados por la calculadora en 2026. Las fuentes estatales y de Seguridad Social se aplican además de estas y se muestran en el bloque anterior.
Ley 5/2021, de Tributos Cedidos de Andalucía
Qué aporta al cálculo: su texto consolidado vigente contiene la escala autonómica aplicada en 2026 y el mínimo personal autonómico. En concreto, los arts. 23 y 23 bis recogen los parámetros territoriales que utiliza el motor.
Texto consolidado en BOE ↗Decreto-ley 7/2022, de 20 de septiembre
Qué modifica: reforma los arts. 23 y 23 bis de la Ley 5/2021. Simplifica la escala autonómica a cinco tramos, actualiza determinados umbrales y eleva el mínimo personal autonómico general a 5.790 €. Esos parámetros continúan vigentes y son los que utiliza el cálculo de 2026.
Consultar norma oficial ↗Aragón · 2026Escala autonómica · mínimos estatales 2 fuentes
En Aragón, la parte territorial específica del cálculo 2026 es la escala autonómica. El motor aplica los mínimos personales y familiares estatales, por lo que esas cuantías ya están respaldadas por la normativa común mostrada en el bloque Estatal / común.
Decreto Legislativo 1/2005 · texto refundido de tributos cedidos
Qué aporta al cálculo: su texto vigente recoge en el art. 110-1 la escala autonómica del IRPF que utiliza la calculadora en 2026: umbrales desde 13.072,50 € hasta 130.000 € y tipos autonómicos del 9,5 % al 25,5 %.
Texto consolidado en BOE ↗Ley 17/2023, de Presupuestos de Aragón para 2024
Qué modifica: el art. 64 sustituye la escala autonómica con efectos desde el 1 de enero de 2023 y vigencia indefinida. Deflacta un 5 % los cuatro primeros límites de la escala y fija la estructura que continúa aplicándose en el cálculo de 2026.
Consultar en BOE ↗Asturias · 2026Escala autonómica · mínimos personales y familiares 2 fuentes
Asturias aplica en 2026 una escala autonómica propia y cuantías autonómicas específicas para los mínimos personales y familiares. Las fuentes estatales y de Seguridad Social se aplican además de estas y se muestran en el bloque Estatal / común.
Decreto Legislativo 2/2014 · texto refundido de tributos cedidos
Qué aporta al cálculo: su texto consolidado vigente recoge la escala autonómica aplicada en 2026 y los mínimos autonómicos del contribuyente, descendientes, ascendientes y discapacidad. Los parámetros utilizados por el motor se encuentran en los arts. 2 y 2 bis a 2 quinquies.
Texto consolidado en BOE ↗Ley 3/2025, de 19 de noviembre
Qué modifica: cambia varios tipos de la escala autonómica y eleva un 10 % los mínimos personales y familiares. Mantiene los umbrales de la escala y fija los valores que continúan aplicándose en el cálculo de 2026.
Consultar en BOE ↗Illes Balears · 2026Escala autonómica · mínimos personales y familiares 3 fuentes
Illes Balears aplica en 2026 una escala autonómica propia y determinados incrementos autonómicos del mínimo personal y familiar. Las fuentes estatales y de Seguridad Social se aplican además de estas y se muestran en el bloque Estatal / común.
Decreto Legislativo 1/2014 · texto refundido de tributos cedidos
Qué aporta al cálculo: su texto consolidado vigente recoge en los arts. 1 y 2 la escala autonómica y los incrementos propios del mínimo personal y familiar aplicables en 2026. Es la referencia operativa actual que reúne los parámetros territoriales utilizados por el motor.
Texto consolidado en BOE ↗Ley 11/2023, de 23 de noviembre
Qué modifica: amplía el incremento autonómico del 10 % del mínimo personal y familiar a nuevos componentes, entre ellos el segundo descendiente y los mínimos por ascendientes, además de mantener los incrementos ya existentes para otros supuestos. Es la reforma de la que proceden los mínimos familiares específicos que utiliza el motor 2026.
Consultar en BOE ↗Ley 12/2023, de Presupuestos Generales para 2024
Qué modifica: reduce los tipos de los nueve tramos de la escala autonómica sin modificar sus límites monetarios. Esa escala continúa siendo la utilizada por la calculadora en 2026.
Consultar en BOE ↗Canarias · 2026Escala autonómica · mínimos personales y familiares 3 fuentes
Canarias aplica en 2026 una escala autonómica propia y cuantías autonómicas específicas para los mínimos personales y familiares. Las fuentes estatales y de Seguridad Social se aplican además de estas y se muestran en el bloque Estatal / común.
Decreto Legislativo 1/2009 · texto refundido de tributos cedidos
Qué aporta al cálculo: su texto consolidado vigente reúne los parámetros territoriales utilizados por el motor en 2026. El art. 18 bis recoge la escala autonómica y el art. 18 ter los mínimos autonómicos del contribuyente, descendientes, ascendientes y discapacidad.
Texto consolidado en BOE ↗Ley 5/2024, de Presupuestos Generales de Canarias para 2025
Qué modifica: añade el art. 18 ter con efectos desde el 1 de enero de 2024 y vigencia indefinida, fijando cuantías autonómicas propias para los mínimos personales y familiares. El motor utiliza, entre otras, 5.606 € de mínimo general, 2.424 / 2.727 / 4.040 / 4.545 € por descendientes y 2.828 € adicionales por menores de tres años.
Consultar en BOE ↗Ley 9/2025, de Presupuestos Generales de Canarias para 2026
Qué modifica: sustituye el art. 18 bis con efectos desde el 1 de enero de 2025 y vigencia indefinida. Actualiza los seis umbrales de la escala autonómica hasta 13.748 / 19.422 / 35.924 / 57.566 / 93.268 / 123.745 €, manteniendo los tipos del 9 % al 26 %. Es la escala que utiliza la calculadora en 2026.
Consultar en BOE ↗Cantabria · 2026Escala autonómica · mínimos estatales 2 fuentes
Cantabria aplica en 2026 una escala autonómica propia. El motor utiliza, en cambio, las cuantías estatales para los mínimos personales y familiares, que ya están respaldadas por la normativa común del bloque Estatal / común.
Decreto Legislativo 62/2008 · texto refundido de tributos cedidos
Qué aporta al cálculo: su texto consolidado vigente recoge en el art. 1 la escala autonómica utilizada por la calculadora en 2026: seis tramos, con límites en 13.000 / 21.000 / 35.200 / 60.000 / 90.000 € y tipos del 8,5 % al 24,5 %.
Texto consolidado en BOE ↗Ley 3/2023, de 26 de diciembre
Qué modifica: sustituye la escala autonómica con efectos desde el 1 de enero de 2024, reduce los tramos de siete a seis y rebaja varios tipos, incluido el inicial del 9,5 % al 8,5 %. Esa arquitectura continúa vigente y es la que utiliza el cálculo de 2026.
Consultar en BOE ↗Castilla-La Mancha · 2026Escala autonómica · mínimos estatales 2 fuentes
Castilla-La Mancha mantiene en 2026 la escala autonómica de cinco tramos vigente desde 2015. El motor utiliza para los mínimos personales y familiares las cuantías estatales, ya documentadas en el bloque Estatal / común.
Ley 8/2013, de Medidas Tributarias · texto consolidado
Qué aporta al cálculo: el art. 13 bis contiene la escala autonómica aplicada por la calculadora en 2026: límites en 12.450 / 20.200 / 35.200 / 60.000 € y tipos del 9,5 % al 22,5 %. El resto de mínimos personales y familiares utilizados por el motor son los estatales.
Texto consolidado en BOE ↗Ley 9/2014, de 4 de diciembre, de Medidas Tributarias
Qué modifica: introduce desde 2015 la escala autonómica de cinco tramos que continúa vigente en 2026. También deja atrás los mínimos por descendientes específicos que se aplicaron únicamente de forma transitoria en 2014, por lo que desde 2015 el cálculo vuelve a utilizar los mínimos estatales.
Consultar en BOE ↗Castilla y León · 2026Escala autonómica · mínimos equivalentes a los estatales 4 fuentes
Castilla y León aplica en 2026 una escala autonómica propia y regula también sus mínimos personales y familiares. Esos mínimos coinciden en cuantía con los estatales, por lo que el motor utiliza valores equivalentes a los del bloque Estatal / común.
Decreto Legislativo 1/2013 · texto refundido de tributos propios y cedidos
Qué aporta al cálculo: su texto consolidado recoge en el art. 1 la escala autonómica utilizada en 2026 y en el art. 1 bis los mínimos personales y familiares. La escala vigente tiene cinco tramos, con límites en 12.450 / 20.200 / 35.200 / 53.407,20 € y tipos del 9 % al 21,5 %.
Texto consolidado en BOE ↗Ley 10/2014, de 22 de diciembre
Qué modifica: introduce el art. 1 bis y fija los mínimos personales y familiares autonómicos. Sus cuantías coinciden con las estatales y son las que permanecen en el marco vigente utilizado por el cálculo de 2026.
Consultar en BOE ↗Ley 7/2015, de 30 de diciembre
Qué modifica: redefine la escala desde 2016: sitúa los cortes intermedios en 20.200 y 35.200 €, mantiene el límite de 53.407,20 € y fija entonces el primer tipo en el 9,5 %. Esa estructura monetaria es la base de la escala actual.
Consultar en BOE ↗Ley 2/2022, de 1 de diciembre
Qué modifica: reduce con efectos desde el 1 de enero de 2022 el tipo del primer tramo del 9,5 % al 9 %, manteniendo sin cambios los cuatro límites monetarios de la escala. Ese 9 % es el tipo inicial que utiliza la calculadora en 2026.
Consultar en BOE ↗Cataluña · 2026Escala autonómica · mínimo del contribuyente propio · mínimos familiares estatales 2 fuentes
Cataluña aplica en 2026 una escala autonómica propia de ocho tramos y regula expresamente un mínimo del contribuyente de 5.550 €. Para los mínimos familiares, el motor utiliza las cuantías estatales, que ya están documentadas en el bloque Estatal / común.
Decreto Legislativo 1/2024 · libro sexto del Código tributario de Cataluña
Qué aporta al cálculo: el texto consolidado vigente recoge en el art. 611-1 la escala autonómica utilizada en 2026 y en el art. 611-2 el mínimo general del contribuyente de 5.550 €. La escala tiene ocho tramos, con límites en 12.500 / 22.000 / 33.000 / 53.000 / 90.000 / 120.000 / 175.000 € y tipos del 9,5 % al 25,5 %.
Texto consolidado en BOE ↗Decreto-ley 5/2025, de 25 de marzo
Qué modifica: con efectos desde el 1 de enero de 2025 sustituye la escala autonómica y la reorganiza de nueve a ocho tramos, reduciendo varios tipos en la parte baja y media. Esa escala permanece vigente y es la que utiliza la calculadora en 2026.
Consultar en BOE ↗Comunitat Valenciana · 2026Escala autonómica · mínimos personales y familiares propios 4 fuentes
La Comunitat Valenciana aplica en 2026 una escala autonómica propia de once tramos y mínimos personales y familiares superiores a los estatales. El motor combina los umbrales vigentes desde 2023, los mínimos incrementados en 2022 y la rebaja de tipos aprobada específicamente para 2026.
Ley 13/1997 · texto consolidado vigente en 2026
Qué aporta al cálculo: es la norma autonómica de referencia que integra actualmente la escala y los mínimos personales y familiares valencianos, incorporando las reformas posteriores. El art. 2 recoge la escala y el art. 2 bis las cuantías autonómicas de mínimos que utiliza la calculadora.
Texto consolidado en BOE ↗Decreto-ley 14/2022, de 24 de octubre
Qué modifica: eleva un 10 % los mínimos personales, familiares y por discapacidad autonómicos. De esta reforma proceden, entre otros, el mínimo general de 6.105 €, los mínimos por descendientes de 2.640 / 2.970 / 4.400 / 4.950 € y el suplemento de 3.080 € por menores de tres años que utiliza el motor 2026.
Consultar fuente oficial ↗Ley 9/2022, de Presupuestos para 2023
Qué modifica: fija desde 2023 los once tramos y los diez límites monetarios que siguen utilizando las escalas valencianas posteriores: 12.000 / 22.000 / 32.000 / 42.000 / 52.000 / 62.000 / 72.000 / 100.000 / 150.000 / 200.000 €. La reforma de 2026 cambia los tipos, pero mantiene estos umbrales.
Consultar en BOE ↗Ley 5/2026, de 31 de julio, de medidas fiscales
Qué modifica: con efectos desde el 1 de enero de 2026 rebaja los tipos de los once tramos sin mover los límites monetarios ni los mínimos. La calculadora aplica así tipos del 8,8 % al 29,35 % sobre la estructura de umbrales ya vigente.
Consultar en BOE ↗Extremadura · 2026Escala autonómica · mínimos personales y familiares estatales 3 fuentes
Extremadura aplica en 2026 una escala autonómica propia de nueve tramos. El motor utiliza los mínimos personales y familiares estatales; por tanto, la diferencia territorial que interviene en el cálculo estándar procede de la escala autonómica vigente.
Decreto Legislativo 1/2018 · texto consolidado vigente en 2026
Qué aporta al cálculo: es la referencia operativa actual del IRPF autonómico extremeño. Su art. 1 integra la escala completa vigente en 2026, con nueve tramos y límites en 12.450 / 20.200 / 24.200 / 35.200 / 60.000 / 80.200 / 99.200 / 120.200 €. El motor aplica esas cuantías junto con los mínimos estatales.
Texto consolidado en BOE ↗Decreto-ley 4/2023, de 12 de septiembre
Qué modifica: con efectos desde el 1 de enero de 2023 rebajó los dos primeros tipos al 8 % y 10 % y dejó fijada la estructura de tipos del resto de tramos que continúa formando parte de la escala 2026.
Consultar en BOE ↗Ley 2/2026, de 3 de agosto, de Presupuestos Generales
Qué modifica: con efectos desde el 1 de enero de 2026 reduce de nuevo los dos primeros tipos, del 8 % al 7,75 % y del 10 % al 9,75 %, manteniendo sin cambios los límites monetarios y los restantes tipos de la escala.
Consultar en BOE ↗Galicia · 2026Escala autonómica · mínimos personales y familiares propios 2 fuentes
Galicia aplica en 2026 una escala autonómica propia de cinco tramos y cuantías autonómicas específicas para el mínimo general y los mínimos por descendientes que utiliza la calculadora. Las fuentes estatales y de Seguridad Social se aplican además de estas y se muestran en el bloque Estatal / común.
Decreto Legislativo 1/2011 · texto consolidado vigente en 2026
Qué aporta al cálculo: es la referencia operativa actual del IRPF autonómico gallego. Sus arts. 4 y 4 bis integran la escala vigente —9 % / 11,65 % / 14,90 % / 18,40 % / 22,50 %— y los mínimos autonómicos que usa el motor, incluido el mínimo general de 5.789 € y las cuantías por descendientes.
Texto consolidado en BOE ↗Ley 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas
Qué modifica: con efectos desde el 1 de enero de 2022 rebajó el primer tipo al 9 %, actualizó un 4,3 % los tres primeros umbrales de la escala y elevó en el mismo porcentaje los mínimos personales y familiares. Esos parámetros continúan vigentes y son los utilizados por la calculadora en 2026.
Consultar en BOE ↗Madrid · 2026Escala autonómica · mínimos personales y familiares propios 3 fuentes
Madrid aplica en 2026 una escala autonómica propia de cinco tramos y cuantías autonómicas específicas para los mínimos personales y familiares. Los valores vigentes proceden de las deflactaciones aprobadas para 2022 y 2023 y continúan sin cambios en 2026. Las fuentes estatales y de Seguridad Social se muestran en el bloque Estatal / común.
Decreto Legislativo 1/2010 · texto consolidado vigente en 2026
Qué aporta al cálculo: es la referencia operativa actual del IRPF autonómico madrileño. Sus arts. 1 y 2 a 2 quater integran la escala vigente y los mínimos personales y familiares propios que utiliza el motor.
Texto consolidado en BOE ↗Ley 8/2022, de 16 de noviembre
Qué modifica: actualizó un 4,1 % los límites de la escala y los mínimos personales y familiares y rebajó los tipos autonómicos. Fijó la base inmediata sobre la que se aplicó la segunda deflactación de 2023.
Consultar en BOE ↗Ley 13/2023, de 15 de diciembre
Qué modifica: volvió a deflactar un 3,1 % la escala y los mínimos personales y familiares. De esta reforma proceden los límites actuales de 13.362,22 / 19.004,63 / 35.425,68 / 57.320,40 € y el mínimo general de 5.956,65 €, que continúan aplicándose en 2026.
Consultar en BOE ↗Región de Murcia · 2026Escala autonómica · mínimos estatales 2 fuentes
La Región de Murcia aplica en 2026 una escala autonómica propia de cinco tramos. El motor utiliza para el mínimo personal y familiar las cuantías estatales, ya cubiertas en el bloque Estatal / común.
Decreto Legislativo 1/2010 · texto consolidado vigente en 2026
Qué aporta al cálculo: es la referencia operativa actual del IRPF autonómico murciano. Su art. 2 recoge la escala vigente de cinco tramos con límites en 12.450 / 20.200 / 34.000 / 60.000 € y tipos del 9,5 % / 11,2 % / 13,3 % / 17,9 % / 22,5 %.
Texto consolidado en BOE ↗Ley 14/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2019
Qué modifica: estableció una rebaja gradual de los tipos autonómicos entre 2019 y 2022 y dejó plenamente efectiva desde 2023 la escala actual. De esta reforma proceden los tipos que continúan aplicándose en 2026.
Consultar en BOE ↗La Rioja · 2026Escala autonómica · mínimos estatales · regla de deflactación 4 fuentes
La Rioja aplica en 2026 una escala autonómica propia de ocho tramos. El motor utiliza para los mínimos personales y familiares ordinarios las cuantías estatales. Desde 2026 existe además una regla de deflactación condicionada al IPC riojano de diciembre; como el IPC interanual de diciembre de 2025 fue del 2,6 %, por debajo del umbral legal del 3 %, no se genera una nueva escala ni nuevos mínimos para 2026.
Ley 10/2017 · texto consolidado vigente en 2026
Qué aporta al cálculo: es la referencia operativa actual del IRPF autonómico riojano. Su art. 31 recoge la escala vigente de ocho tramos, con límites en 12.450 / 20.200 / 35.200 / 40.000 / 50.000 / 60.000 / 120.000 € y tipos del 8 % al 27 %; el art. 31 ter incorpora desde 2026 la regla condicionada de deflactación.
Texto consolidado en BOE ↗Ley 13/2023, de 28 de diciembre
Qué modifica: desdobló el tramo comprendido entre 35.200 y 50.000 € creando el nuevo corte de 40.000 € y rebajó los tipos de los tramos bajos y medios. De esta reforma procede la escala que continúa aplicándose en 2026.
Consultar en BOE ↗Ley 9/2025, de 29 de diciembre
Qué modifica: introduce desde el 1 de enero de 2026 el art. 31 ter. La escala y los mínimos deben actualizarse cuando el IPC interanual de La Rioja del mes de diciembre anterior supere el 3 %. La aplicación efectiva exige comprobar el dato oficial de diciembre de 2025.
Consultar en BOE ↗Gobierno de La Rioja · IPC diciembre de 2025
Aplicación en 2026: la estadística oficial sitúa la variación interanual del IPC riojano de diciembre de 2025 en el 2,6 %. Al no superar el 3 %, la condición legal no se activa y el motor mantiene en 2026 la escala y los mínimos ordinarios anteriores.
Consultar publicación oficial ↗Navarra · 2026Tarifa foral · deducción por trabajo · mínimo personal 3 fuentes
Navarra aplica en 2026 su propio IRPF foral. El motor utiliza una tarifa general propia y, sobre la cuota resultante, la deducción por rendimientos del trabajo y la deducción por mínimo personal, incluido el incremento adicional introducido para rentas bajas y medias en 2026. La normativa estatal del IRPF no se utiliza para este cálculo; del bloque Estatal / común sí se mantienen las fuentes laborales comunes, como Seguridad Social, AT/EP y SMI.
Decreto Foral Legislativo 4/2008 · texto consolidado vigente en 2026
Qué aporta al cálculo: es la referencia operativa actual del IRPF navarro. Su texto consolidado reúne la tarifa general del art. 59 y las deducciones de la cuota del art. 62 que utiliza el motor para el perfil estándar de 2026.
Texto consolidado en Hacienda de Navarra ↗Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre
Qué modifica: fija desde 2024 la tarifa general que continúa vigente en 2026, con once tramos y tipos del 13 % al 52 %, y establece en 1.084 € la deducción general por mínimo personal. Estos parámetros forman parte directa del cálculo actual.
Consultar en BOE ↗Ley Foral 17/2025, de 22 de diciembre
Aplicación en 2026: eleva la deducción por rendimientos del trabajo para rentas netas de hasta 17.500 € y amplía el incremento de la deducción por mínimo personal: hasta 1.280 € para rentas de hasta 17.500 €, con reducción progresiva hasta desaparecer a partir de 32.000 €. Son las reglas específicas de 2026 incorporadas al motor.
Consultar en BOE ↗Bizkaia · 2026Tarifa foral · bonificación del trabajo · minoración de cuota 3 fuentes
Bizkaia aplica en 2026 su propio IRPF foral. El motor utiliza la tarifa general de ocho tipos, la bonificación del rendimiento del trabajo y la minoración general de cuota. La normativa estatal del IRPF no interviene en este cálculo; del bloque Estatal / común sí se mantienen las fuentes laborales comunes, como Seguridad Social, AT/EP y SMI.
Norma Foral 13/2013 · texto consolidado vigente en 2026
Qué aporta al cálculo: es la norma básica vigente del IRPF de Bizkaia. Su texto consolidado, actualizado a 1 de enero de 2026, integra la tarifa general, la bonificación del rendimiento del trabajo y la minoración de cuota que utiliza el motor.
Texto consolidado oficial ↗Norma Foral 2/2025, de 9 de abril
Qué modifica: reforma la bonificación del rendimiento del trabajo que continúa aplicándose en 2026: 8.000 € hasta 14.800 € de diferencia positiva, reducción progresiva con coeficiente 0,6098 hasta 23.000 € y 3.000 € a partir de ese nivel, con el límite adicional previsto para otras rentas.
Consultar en BOB ↗Norma Foral 7/2025, de 29 de diciembre · Presupuestos 2026
Aplicación en 2026: actualiza desde el 1 de enero los siete límites de la tarifa general a 18.080 / 36.160 / 54.240 / 77.450 / 107.260 / 142.960 / 208.390 €, mantiene los tipos del 23 % al 49 % y eleva la minoración general de cuota a 1.615 €. Son los valores que utiliza el motor para 2026.
Consultar en BOB ↗Gipuzkoa · 2026Tarifa foral · bonificación del trabajo · minoración de cuota 3 fuentes
Gipuzkoa aplica en 2026 su propio IRPF foral. El motor utiliza la tarifa general de ocho tipos, la bonificación del rendimiento del trabajo y la minoración general de cuota. La normativa estatal del IRPF no interviene en este cálculo; del bloque Estatal / común sí se mantienen las fuentes laborales comunes, como Seguridad Social, AT/EP y SMI.
Norma Foral 3/2014, de 17 de enero · norma marco vigente en 2026
Qué aporta al cálculo: es la norma básica del IRPF de Gipuzkoa y establece la estructura general del impuesto. Las cuantías y reglas aplicables en 2026 se completan con las reformas posteriores indicadas a continuación.
Texto oficial de referencia ↗Norma Foral 1/2025, de 9 de mayo
Qué modifica: reforma la bonificación del rendimiento del trabajo que continúa aplicándose en 2026: 8.000 € hasta 14.800 € de diferencia positiva, reducción progresiva con coeficiente 0,6098 hasta 23.000 € y 3.000 € a partir de ese nivel, con el límite adicional previsto para otras rentas.
Consultar en BOG ↗Norma Foral 6/2025, de 19 de diciembre · Presupuestos 2026
Aplicación en 2026: actualiza desde el 1 de enero los siete límites de la tarifa general a 18.080 / 36.160 / 54.240 / 77.450 / 107.260 / 142.960 / 208.390 €, mantiene los tipos del 23 % al 49 % y eleva la minoración general de cuota a 1.615 €. Son los valores que utiliza el motor para 2026.
Consultar en BOG ↗Álava · 2026Tarifa foral · bonificación del trabajo · minoración de cuota 3 fuentes
Álava aplica en 2026 su propio IRPF foral. El motor utiliza la tarifa general de ocho tipos, la bonificación del rendimiento del trabajo y la minoración general de cuota. La normativa estatal del IRPF no interviene en este cálculo; del bloque Estatal / común sí se mantienen las fuentes laborales comunes, como Seguridad Social, AT/EP y SMI.
Norma Foral 33/2013, de 27 de noviembre · texto consolidado vigente en 2026
Qué aporta al cálculo: es la norma básica vigente del IRPF de Álava. Su texto consolidado oficial integra la tarifa general, la bonificación del rendimiento del trabajo y la minoración general de cuota; las cuantías aplicables en 2026 incorporan las modificaciones posteriores indicadas a continuación.
Texto consolidado oficial ↗Norma Foral 3/2025, de 9 de abril
Qué modifica: reforma con efectos desde el 1 de enero de 2025 la bonificación del rendimiento del trabajo que continúa aplicándose en 2026: 8.000 € hasta 14.800 € de diferencia positiva, reducción progresiva con coeficiente 0,6098 hasta 23.000 € y 3.000 € a partir de ese nivel, con el límite adicional previsto para otras rentas.
Consultar en BOTHA ↗Norma Foral 21/2025, de 19 de diciembre · medidas tributarias 2026
Aplicación en 2026: actualiza desde el 1 de enero los siete límites de la tarifa general a 18.080 / 36.160 / 54.240 / 77.450 / 107.260 / 142.960 / 208.390 €, mantiene los tipos del 23 % al 49 % y eleva la minoración general de cuota a 1.615 €. Son los valores que utiliza el motor para 2026.
Consultar en BOTHA ↗Ceuta · 2026IRPF estatal · deducción territorial del 60 % 2 fuentes
Ceuta no tiene una tarifa autonómica propia de IRPF. Para el perfil estándar soportado por la calculadora —residente en Ceuta y con el 100 % del rendimiento del trabajo obtenido allí— el cálculo parte de la arquitectura estatal común y aplica después la deducción territorial del 60 % sobre la parte correspondiente de las cuotas estatal y autonómica. Las restantes fuentes estatales y laborales ya se muestran en el bloque Estatal / común.
Ley 35/2006 · art. 68.4 · texto consolidado vigente en 2026
Qué aporta al cálculo: regula la deducción por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla y define como rentas obtenidas en Ceuta los rendimientos del trabajo derivados de trabajos realizados en el territorio. Para el perfil estándar del motor, el 100 % del rendimiento del trabajo cumple ese criterio territorial.
Texto consolidado en BOE ↗Ley 6/2018, de Presupuestos Generales del Estado · art. 60
Qué modifica: eleva con efectos desde el 1 de enero de 2018 y vigencia indefinida la deducción territorial del 50 % al 60 %. Ese 60 % es el porcentaje que utiliza el motor 2026 sobre la parte de las cuotas atribuible a las rentas obtenidas en Ceuta.
Consultar en BOE ↗Melilla · 2026IRPF estatal · deducción territorial del 60 % 2 fuentes
Melilla no tiene una tarifa autonómica propia de IRPF. Para el perfil estándar soportado por la calculadora —residente en Melilla y con el 100 % del rendimiento del trabajo obtenido allí— el cálculo parte de la arquitectura estatal común y aplica después la deducción territorial del 60 % sobre la parte correspondiente de las cuotas estatal y autonómica. Las restantes fuentes estatales y laborales ya se muestran en el bloque Estatal / común.
Ley 35/2006 · art. 68.4 · texto consolidado vigente en 2026
Qué aporta al cálculo: regula la deducción por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla y define como rentas obtenidas en Melilla los rendimientos del trabajo derivados de trabajos realizados en el territorio. Para el perfil estándar del motor, el 100 % del rendimiento del trabajo cumple ese criterio territorial.
Texto consolidado en BOE ↗Ley 6/2018, de Presupuestos Generales del Estado · art. 60
Qué modifica: eleva con efectos desde el 1 de enero de 2018 y vigencia indefinida la deducción territorial del 50 % al 60 %. Ese 60 % es el porcentaje que utiliza el motor 2026 sobre la parte de las cuotas atribuible a las rentas obtenidas en Melilla.
Consultar en BOE ↗IRPF TERRITORIAL · TRAZABILIDAD
Cobertura territorial
Las fuentes territoriales se contrastan con la normativa aplicable y con los resultados utilizados en la web. Esta página resume la cobertura por territorio; el detalle por ejercicio y reforma se mantiene en la cronología y en los paneles «¿De dónde sale este cálculo?».
Régimen común 15/15 territorios auditados
Ciudades autónomas 2/2 territorios auditados
Perfil soportado: residente y rendimiento del trabajo obtenido íntegramente en la ciudad; deducción territorial del 60 % desde 2018.
Regímenes forales 4/4 territorios auditados
Álava: cobertura histórica desde 1999
La cobertura histórica varía según el territorio. Bizkaia, Gipuzkoa y Navarra disponen de una reconstrucción desde 1967, mientras que Álava está cubierta desde 1999. La progresividad en frío se calcula desde 1999 en los cuatro territorios.
IMPUESTOS INDIRECTOS Y OTROS
Marco legal de los consumos identificados
Ley 37/1992
Respalda: tipos de IVA aplicables a las categorías de consumo modeladas.
Texto consolidado ↗Ley 38/1992
Respalda: electricidad e hidrocarburos dentro del cálculo personalizado.
Texto consolidado ↗Real Decreto-ley 18/2026
Respalda: medidas temporales de 2026 sobre hidrocarburos y reglas dependientes del periodo.
Consultar en BOE ↗IBI, IVTM, agua, residuos y otros conceptos locales no tienen una única cuantía nacional. Cuando aparecen en la personalización, el usuario introduce su gasto o importe y el motor identifica únicamente la parte fiscal que puede aislarse con las reglas disponibles.
ESTADÍSTICA Y REFERENCIAS METODOLÓGICAS
IPC y comparabilidad internacional
INE · IPC
Respalda: actualización por poder adquisitivo y deflactación comparativa. Para años cerrados se usa el IPC medio anual; para 2026 se usa la media acumulada enero–agosto frente al mismo periodo de 2025, marcada como provisional hasta el cierre anual del INE.
IPC: resultados y medias anuales ↗OCDE · Taxing Wages 2026
Uso: referencia metodológica internacional para el concepto de cuña fiscal laboral y coste laboral total.
Consultar OCDE ↗Comisión Europea
Uso: referencia europea sobre impuestos personales y cotizaciones de trabajador y empleador sobre coste laboral total.
Metodología de la Comisión ↗TRANSPARENCIA · INVESTIGACIÓN DOCUMENTAL
Investigación histórica aún abierta
Estos ejercicios son anteriores a la cobertura histórica actualmente publicada para Álava, que comienza en 1999. Se mantienen abiertos como investigación documental adicional y no intervienen en los cálculos publicados.
Si recibimos documentación suficiente, podremos ampliar en el futuro la reconstrucción histórica de Álava hacia años anteriores a 1999.
PRINCIPIO DE TRAZABILIDAD
Cada cifra debe poder explicarse y respaldarse con una fuente.
En esta página mostramos qué fuentes sostienen cada cálculo y dónde siguen existiendo límites documentales.